La falta de una situación administrativa irregular, es decir, que el ciudadano inmigrante no tenga “papeles”, puede provocar el inicio de un expediente o procedimiento sancionador que tenga por finalidad la expulsión de la persona fuera de España o la imposición de una multa.
Dependiendo de las circunstancias de la persona detenida, el procedimiento determinará cuál de los dos resultados es el perseguido, pero en no pocas ocasiones se inicia un expediente de expulsión y la sanción final se elimina o queda en multa. Para ello la labor del abogado es fundamental, mediante la asistencia letrada en Comisaría o Juzgado para evitar el internamiento en el CIE, así como mediante la presentación de los recursos y escritos necesarios que provoquen el archivo del expediente, la suspensión de las medidas cautelares que se adopten, la modificación de la sanción de expulsión por la de multa, la revocación de la sanción de expulsión o incluso la suspensión de la expulsión misma, y en este sentido podemos decir que hasta que el inmigrante no esté volando en el avión de regreso al país de origen se puede detener la expulsión.
Para ello es preciso tener una información detallada del ciudadano inmigrante, sus circunstancias y el grado de arraigo que tenga en la sociedad española, y ello independientemente del tiempo que lleve en el país (no confundir con los tres años requeridos para el arraigo social), por lo que recomendamos tener toda esta información localizada y disponible por si un familiar tuviera que facilitarla al abogado de extranjería si fuera necesario.